Qué significa para su hogar la política sobre electrodomésticos del Distrito de Aire del Área de la Bahía, y cómo puede ayudarle SJCE
El Distrito de Aire del Área de la Bahía es nuestra agencia regional que regula la contaminación atmosférica de fuentes fijas para proteger la salud pública de los nueve condados que rodean la Bahía de San Francisco. En marzo de 2023, el Distrito de Aire propuso enmiendas a la política de aparatos de edificios para reducir la contaminación atmosférica que daña nuestros pulmones y ayudar a reducir las emisiones de viviendas y edificios que contribuyen al calentamiento climático. En octubre de 2025, el Distrito de Aire publicó una propuesta de lista de excepciones a las normas y está invitando a la opinión pública durante los próximos 30 días, lo que significa que está considerando activamente exenciones para circunstancias específicas.
¿Cuál es la política?
El Distrito de Aire del Área de la Bahía (BAAD) actualizó sus normas sobre aparatos para introducir gradualmente normas de cero NOₓ para calentadores de agua y hornos nuevos o de sustitución. Estas normas no obligan a retirar los aparatos en funcionamiento y no se aplican a los aparatos de cocina, como las estufas de gas. El objetivo es reducir los óxidos de nitrógeno (NOₓ), uno de los principales causantes del smog y el asma, a medida que se vayan sustituyendo los equipos.
Qué cubre:
Calentadores de agua y hornos de gas (aparatos con ventilación) cuando se vendan e instalen después de las fechas de entrada en vigor. Se le exigirá que instale aparatos de cero NOₓ, es decir, aparatos eléctricos como bombas de calor. Para obtener más información sobre los calentadores de agua con bomba de calor, haga clic aquí, y para los sistemas de calefacción, ventilación y aire acondicionado con bomba de calor, haga clic aquí.
Dónde se aplica:
El Área de la Bahía de 9 condados dentro de la jurisdicción del Distrito de Aire, incluido el Condado de Santa Clara.
Fechas clave y calendario de fases:
Las normas de cero NOₓ del Distrito de Aire se aplican por fases. Después de estas fechas, solo podrán venderse o instalarse en el Área de la Bahía los modelos conformes (cero NOₓ).
| Aparato | Fecha de entrada en vigencia |
|---|---|
| Calentadores de agua < 75,000 BTU/h (normalmente calentadores de agua residenciales con depósito) 1 de enero de 2027 | 1 de enero de 2027 |
| Hornos residenciales y comerciales | 1 de enero del 2029 |
| Calentadores de agua de 75,000–2,000,000 BTU/h (comerciales/multifamiliares, incluidos sin depósito/instantáneos). | 1 de enero de 2031 |


